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domingo, 16 de abril de 2017

Se declara la Semana Santa como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial



Enlace al BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2017/04/11/pdfs/BOE-A-2017-4008.pdf

La UNESCO establece que para asegurar la salvaguardia, el desarrollo y la valorización del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio, cada Estado Parte hará todo lo posible por:
a) adoptar una política general encaminada a realzar la función del patrimonio cultural inmaterial en la sociedad y a integrar su salvaguardia en programas de planificación;
b) designar o crear uno o varios organismos competentes para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio;
c) fomentar estudios científicos, técnicos y artísticos, así como metodologías de investigación, para la salvaguardia eficaz del patrimonio cultural inmaterial, y en particular del patrimonio cultural inmaterial que se encuentre en peligro;
d) adoptar las medidas de orden jurídico, técnico, administrativo y financiero adecuadas para:
i) favorecer la creación o el fortalecimiento de instituciones de formación en gestión del patrimonio cultural inmaterial, así como la transmisión de este patrimonio en los foros y espacios destinados a su manifestación y expresión;
ii) garantizar el acceso al patrimonio cultural inmaterial, respetando al mismo tiempo los usos
consuetudinarios por los que se rige el acceso a determinados aspectos de dicho patrimonio;
iii) crear instituciones de documentación sobre el patrimonio cultural inmaterial y facilitar el acceso a ellas. 
Educación, sensibilización y fortalecimiento de capacidades

Cada Estado Parte intentará por todos los medios oportunos:
a) asegurar el reconocimiento, el respeto y la valorización del patrimonio cultural inmaterial en la sociedad, en particular mediante:
i) programas educativos, de sensibilización y de difusión de información dirigidos al público, y en especial a los jóvenes;
ii) programas educativos y de formación específicos en las comunidades y grupos interesados;
iii) actividades de fortalecimiento de capacidades en materia de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, y especialmente de gestión y de investigación científica; y
iv) medios no formales de transmisión del saber;
b) mantener al público informado de las amenazas que pesan sobre ese patrimonio y de las actividades realizadas en cumplimiento de la presente Convención;
c) promover la educación sobre la protección de espacios naturales y lugares importantes para la memoria colectiva, cuya existencia es indispensable para que el patrimonio cultural inmaterial pueda expresarse.
 Participación de las comunidades, grupos e individuos

En el marco de sus actividades de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, cada Estado Parte tratará de lograr una participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos y, si procede, los individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos activamente a la gestión del mismo.


 


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